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    jueves, 31 de enero de 2008

    Los ordenadores de la policía francesa se pasan a Ubuntu-Linux

    Según leo en este blog de Sun sobre OpenOffice la policía francesa va a migrar sus puestos de Windows XP a Ubuntu en lo que parece una transición lógica, ya que antes migraron otras aplicaciones de privativas a libres (en el año 2005, OpenOffice.org y en el 2006, Firefox y Thunderbird). Las razones que dan para el cambio son tres: no depender de una sola compañía, controlar el sistema operativo y, por último, el coste

    sábado, 26 de enero de 2008

    La Organización de ciegos (ONCE) distribuirá sus productos por internet

    La Organización Nacional de Ciegos Españoles viene disfrutando, en base a sus fines sociales que se consideran de interés público, de la explotación en exclusiva de la concesión estatal del juego de azar denominado "cupón".
    En virtud de lo dispuesto en el artículo 76 de los Estatutos de la Entidad, publicados por Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 23 de marzo de 2000 (BOE de 13 de abril), el sorteo del "cupón" se celebrará conforme a la reglamentación aprobada por el Consejo General de esa Organización y será desarrollado en todos sus actos con plenas garantías de seguridad, transparencia y publicidad.
    En cumplimiento de esta previsión estatutaria, el Consejo General de la ONCE ha adoptado un Acuerdo de fecha 5 de febrero de 2004 sobre:
    "Aprobación Final del Reglamento del Sorteo del cupón para el 2004". texto refundido que recoge la regulación de dicho producto de juego y que incluye las observaciones formuladas por la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado de la ONCE, en reunión de 30 de enero de 2004.
    Por lo anterior y de acuerdo a los Reales Decretos 358/1991, de 15 de marzo, y 1.200/1999, de 9 de julio, de Reordenación de la ONCE, se dispone la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" como garantía de los derechos de los consumidores, del Texto refundido del Reglamento del sorteo del cupón de la ONCE, que se acompaña como anexo.
    Madrid, 30 de enero de 2004.-La Secretaria General, Lucía Figar de Lacalle.
    ANEXO
    REGLAMENTO REGULADOR DEL SORTEO DEL CUPÓN DE LA ONCE
    Preámbulo
    De acuerdo con el ordenamiento vigente, representado por el Acuerdo entre el Gobierno de la Nación y la ONCE, aprobado por el Consejo de Ministros de 5 de marzo de 1999, los Reales Decretos 358/1991, de 15 de marzo, y 1200/1999, de 9 de julio, de Reordenación de la ONCE, así como sus vigentes Estatutos, publicados por Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 23 de marzo de 2000, la ONCE viene disfrutando, en base a sus fines sociales que se consideran de interés público, la explotación en exclusiva de la concesión estatal del juego de azar denominado "cupón".
    El cupón puede comercializarse en las modalidades presentes: de lunes a jueves, de viernes, de fin de semana y sorteos extraordinarios, más las que, en el futuro, pudiera autorizar el Consejo General de la ONCE, conforme a la normativa antes señalada y previos los trámites preceptivos que las indicadas normas establecen.
    Dicha comercialización podrá efectuarse mediante dos tipos de soporte:
    cupones preimpresos y cupones emitidos por terminales de punto de venta.
    Asimismo la comercialización se podrá realizar utilizando dos tipos de producto: cupón que representa participación en un único sorteo y cupón representativo de participaciones en varios sorteos.
    El precio de cada cupón y la distribución de premios de cada tipo de sorteo será aprobado por el Consejo General de la ONCE, en el ejercicio de las facultades atribuidas por la normativa aplicable, a propuesta de su Dirección General.
    Las condiciones sobre precio, estructura de premios y reglas específicas de cada tipo de sorteo y de los diferentes soportes y productos de juego, se reflejarán en Apéndice numerado e independiente que se acompaña al presente Reglamento.
    CAPÍTULO 1
    El cupón
    Artículo 1.
    Se denomina cupón a la participación en el juego del cupón de la ONCE mediante un documento o título.
    a) Existen dos tipos de soporte para un cupón: el cupón preimpreso y el cupón emitido por terminal de punto de venta.
    b) Asimismo existen dos formas de comercializar el cupón preimpreso: cupones de un único sorteo y cupones de varios sorteos, también denominados abono semanal.
    c) Terminales de punto de venta son los terminales móviles facilitados a los vendedores de la ONCE, adaptados para su operación por personas invidentes o con otro tipo de discapacidades. Se entiende por cupón emitido por terminal de punto de venta, aquél que se imprime por un Agente Vendedor en el momento de efectuarse la transacción, utilizando un terminal de punto de venta. Existen tres formas de comercializar el cupón emitido por terminal de punto de venta: el cupón para un solo sorteo, el cupón que podrá contener la participación en varios sorteos de los que se celebren en el periodo máximo de siete días naturales, y el cupón denominado Abono Semanal.
    d) El cupón deberá llevar impreso en su anverso, como mínimo:
    numeración, serie o series, precio y fecha del sorteo.
    e) En el reverso del cupón deberá llevar impreso la relación de los premios, así como un extracto de los artículos del Reglamento de mayor interés para el jugador, excepto en aquellos formatos, que por razones de espacio, o por englobar varios sorteos no sea posible detallar las diferentes estructuras de premios. En este supuesto se hará referencia a este Reglamento, que las contiene, y a los lugares físicos y electrónicos donde puede obtenerse dicho Reglamento. En el reverso del cupón también se indicará que los programas de los sorteos se publican en el "Boletín Oficial del Estado".
    f) Como medidas de seguridad, el documento podrá reflejar codificaciones magnéticas u ópticas además de las propias que se pueden añadir en el papel.
    g) En el caso de los cupones emitidos por terminal de punto de venta, el documento deberá incluir, además, un código de control, el número de identificativo del vendedor, el número identificativo del terminal y la fecha y la hora de la operación. Dicho código de control será único y biunívoco con la participación, para cada cupón emitido por terminal punto de venta, y será asignado por el Sistema Central de Control de Juego de la ONCE en base a un algoritmo preestablecido. La biunicidad se predica respecto de la correspondencia única y absoluta entre los datos grabados para cada participación en el Sistema Central de Control de Juego de la ONCE y los reflejados en cada cupón emitido por el terminal punto de venta. Este código de control quedará guardado, antes del sorteo, en ficheros auditables y firmados con firma electrónica reconocida, de tal forma que los mismos se puedan aportar y sirvan como prueba documental en cualquier procedimiento. De los ficheros antedichos serán expedidas varias copias de seguridad. La falta o manipulación del código de control supone la pérdida de validez del cupón emitido por terminal punto de venta, sin derecho a ningún premio ni al reintegro del importe del cupón.
    Artículo 2.
    Para cada uno de los sorteos de la ONCE, se pondrán a la venta series de cupones de cien mil números correlativos, cada una desde el 00.000 al 99.999. Para cada sorteo se asignarán números y series específicos que serán puestos a la venta por cada uno de los soportes antes enunciados, de forma diferenciada.
    Artículo 3.
    El precio unitario por cupón, así como la estructura de premios de cada tipo de sorteo, se determinará individualmente, una vez aprobada
    la propuesta por el Consejo General de la ONCE, de acuerdo con lo previsto en los Estatutos de la Organización, adjuntándose en cada caso, como apéndice numerado a este Reglamento. El precio de los cupones emitidos por terminales de punto de venta será el resultante de la suma del precio individual de cada una de las participaciones que contenga. Los premios de los cupones emitidos por terminales de punto de venta son la suma de los premios correspondientes a cada uno de los números y series de los sorteos contenidos en cada cupón. La distribución de estos premios se regirá por lo preceptuado en los apéndices correspondientes a cada tipo de sorteo. El pago se hará efectivo conforme a las prescripciones señaladas en el presente Reglamento.
    Artículo 4.
    En todos los cupones deberá figurar expresamente impreso el precio para cada sorteo, con excepción del correspondiente al Abono Semanal, en que aparecerá el precio total y los sorteos para los cuales es válido.
    En el cupón emitido por terminal de punto de venta, figurará el precio total de todas las participaciones que contenga.
    CAPÍTULO 2
    Composición y atribuciones de la Mesa del sorteo
    Artículo 5.
    El sorteo del cupón es el acto formal de extracción reglada de números y serie o series, que determinarán los premios, según el juego de que se trate.
    Artículo 6.
    La Mesa del sorteo estará formada, como mínimo, por el Presidente y un Técnico de Control de Gestión Económico-Financiera de la ONCE, previamente designados por el Director General de la ONCE, para todos los sorteos que se celebren durante el período que se establezca en el correspondiente encargo. El Técnico de Control auxiliará al Presidente y actuará como Interventor del acto del sorteo. El Presidente de la Mesa podrá solicitar la presencia de uno o dos testigos voluntarios elegidos entre el público presente. Esta composición permanecerá inalterable independientemente del lugar, fecha y hora en que se celebre el mismo.
    Artículo 7.
    Para cada uno de los sorteos a celebrar, se designará un suplente, tanto del Presidente como del Interventor.
    Artículo 8.
    Para todos los sorteos, se solicitará al Colegio de Notarios de la localidad en la que se celebre el sorteo, la asistencia de un Notario. Si se diera la circunstancia de no acudir, la Mesa del sorteo tendrá que facultar la presencia de un testigo en la misma.
    Artículo 9.
    El Presidente de la Mesa del sorteo será designado por el Director General de la ONCE entre los afiliados a la ONCE con cargo directivo o categoría profesional de mando intermedio, que preste sus servicios en cualquiera de las entidades y sociedades que conforman el Grupo ONCE Como máximo representante de la ONCE durante el acto del sorteo, el Presidente tendrá la facultad irrenunciable de interpretación de la normativa reguladora durante el acto de celebración del mismo y será el único habilitado para resolver aquellos supuestos o contingencias imprevisibles o sobrevenidas que dificulten la correcta celebración del sorteo.
    Será función del Presidente la de resolver, con plena capacidad decisoria, todas aquellas cuestiones relacionadas directamente con el acto del sorteo o aquellas que pudieran guardar relación o influencia con el mismo.
    Su labor estará orientada a que el sorteo se desarrolle en el marco reglamentario y procedimental que rige el mismo, velando por su seguridad, fiabilidad y transparencia.
    Artículo 10.
    El Interventor será el encargado de comprobar todos los pormenores del desarrollo del sorteo, especialmente el detalle numérico y la correcta exposición pública de las bolas en el mismo momento en que queden expuestas, comunicando al Presidente las deficiencias que pudiera observar. Igualmente, supervisará el libro de Actas, cumplimentando la hoja del día del sorteo correspondiente y se asegurará que la suscriben todas las personas que deban hacerlo, con arreglo a lo estipulado en el presente reglamento.
    CAPÍTULO 3
    Constitución de la Mesa del sorteo
    Artículo 11.
    Los componentes de la Mesa del sorteo, así como los suplentes designados, comparecerán en el lugar de celebración del mismo, al menos cuarenta y cinco minutos antes de la hora prevista para dicha celebración.
    Artículo 12.
    La Mesa del sorteo deberá quedar constituida, como mínimo, quince minutos antes de la celebración del sorteo.
    Al constituirse la Mesa para la realización de cada sorteo, deberán estar presentes en la misma y coherentemente colocados en los lugares pertinentes, todos los miembros, los cuales no podrán abandonar su sitio hasta que se ultime la celebración, salvo causa de fuerza mayor.
    En caso de imposibilidad de asistencia por parte de cualesquiera integrantes de la Mesa, será sustituido por su suplente respectivo.
    Artículo 13.
    Por motivos de seguridad, cada día en que se celebre sorteo se constituirá una segunda Mesa del sorteo que permanecerá en reserva en la sede de la Dirección General de la ONCE, la cual estará disponible para la realización del sorteo en caso de que fuera necesario.
    La Segunda Mesa del sorteo será designada por el Director General y tendrá la misma composición que la Mesa del sorteo.
    Esta Segunda Mesa se atendrá a todo lo normado en los artículos 11 y 12 de este mismo capítulo.
    Artículo 14.
    Para el correcto desarrollo del sorteo se contará, además, con el siguiente personal:
    1. En el lugar de celebración del sorteo: un técnico de mantenimiento de los bombos, así como el personal auxiliar que, en su caso, se estime necesario para la extracción de las bolas.
    2. En la sede de la Dirección General: un técnico de mantenimiento de los bombos, así como un auxiliar encargado de la extracción de las bolas y de aquellas otras actividades que le puedan ser encomendadas.
    CAPÍTULO 4
    Operaciones previas a la realización del sorteo
    Artículo 15.
    En el día, hora y lugar señalado para cada sorteo, una vez constituida la Mesa del sorteo, así como la Segunda Mesa, se dará comienzo a las operaciones previas al sorteo.
    Artículo 16.
    El personal auxiliar del sorteo, así como los técnicos de mantenimiento, comprobarán el correcto funcionamiento de todos aquellos elementos que puedan intervenir en el acto de celebración del sorteo o tareas posteriores:
    bombos, cuadro de mandos, estado de las bolas, paneles del número premiado, funcionamiento del sistema informático, códigos de acceso, fax, etc., dándose cuenta al Presidente de las anomalías que pudieran surgir.
    La relación de actuaciones o funciones a que se refiere este párrafo no es exhaustiva y, en su virtud, el personal atenderá todas aquellas propias o vinculadas al acto cuya realización les pueda ser encomendada.
    Artículo 17.
    Se presentarán las bolas de los números al Presidente e Interventor, los cuales deberán dar su conformidad. A continuación, se introducirán en los bombos dispuestos al efecto, poniéndose en funcionamiento éstos a fin de que las bolas se mezclen suficientemente. Semestralmente, y bajo la supervisión de una Unidad de la ONCE diferente a la responsable de realizar el sorteo, se someterá las características de las bolas a control de un perito ajeno a la ONCE, quien certificará ante Notario que todas las bolas tienen el mismo tamaño, peso y color. Adicionalmente, el Presidente y el Interventor comprobarán que el Sistema Central de Control de Juego al que están conectados los Terminales de Punto de Venta se encuentra cerrado, de tal forma que no sea posible expedir nuevos cupones o introducir modificación alguna en los ficheros contemplados en la letra g) del artículo primero, a cuyos efectos comprobará que se ha emitido la copia de seguridad de dichos ficheros.
    CAPÍTULO 5
    Celebración y garantías del sorteo
    Artículo 18.
    El sorteo del cupón, único para todo el territorio del Estado Español, se celebrará todos los días determinados previa y expresamente por la ONCE, que fijará a su vez la hora y el lugar del mismo con antelación suficiente para que el público pueda conocerlo, teniendo el sorteo siempre carácter público.
    Artículo 19.
    El sorteo del cupón de la ONCE consistirá en la extracción aleatoria de un número (numero premiado) entre los 100.000 posibles. Asimismo, en función de la modalidad del sorteo, se podrán extraer aleatoriamente una o más series (serie o series premiadas) entre el total de series emitidas.
    Artículo 20.
    El desarrollo del sorteo se efectuará de la forma siguiente:
    1. Para la determinación del número premiado en los sorteos se utilizarán cinco bombos, que vistos sucesivamente de izquierda a derecha, desde el plano de observación del público espectador, corresponderán, el primero a las decenas de millar, el segundo a las unidades de millar, el tercero a las centenas, el cuarto a las decenas y el quinto a las unidades.
    2. Cada uno de los bombos contendrá diez bolas del mismo tamaño, color y peso, que numeradas ordinal y correlativamente del cero al nueve habrán sido introducidas previamente en su interior.
    3. Podrá existir un sexto bombo, de diferente magnitud que los otros cinco, que se utilizará para la determinación de la serie o series premiadas, en su caso, de acuerdo con lo previsto en los apéndices correspondientes a los distintos tipos de sorteos.
    4. Antes de extraer las bolas, deberán ser volteados cada uno de los bombos, parándolos posteriormente de forma que el dispositivo de salida quede situado en la parte inferior, procediéndose posteriormente a extraer una bola de cada bombo por el orden sucesivo de decena de millar, unidad de millar, centena, decena y unidad.
    5. Las cinco bolas extraídas y en su orden de extracción constituirán el número premiado.
    6. Una vez extraída cada bola, se mostrará al público y se comunicará en voz alta. Asimismo, también se anunciará el número y serie o series premiados, quedando expuestos a continuación en lugar visible. Cualquier error detectado por la Mesa sobre una o varias de las bolas comunicadas, será rectificado al final del sorteo por la Mesa, debiendo repetir en voz alta una a una las bolas extraídas y el número y serie o series premiados.
    Artículo 21.
    Inmediatamente después de celebrado el sorteo, se levantará acta recogiendo los pormenores del mismo en el libro diligenciado y foliado que se llevará al efecto y que suscribirá el Presidente, el Interventor, el Notario y, en su caso, el testigo o testigos si los hubiese. En dicha acta constará:
    nombre, cargo, número del DNI. y firma de las personas que la suscriben ; fecha, lugar y hora del sorteo, número y serie o series premiados en guarismos y en letra, y cuantas observaciones se estimen oportunas a juicio del Presidente.
    Artículo 22.
    El número premiado y, en su caso, la serie o series premiadas serán publicados por la ONCE mediante su exposición en las oficinas de la misma y en la página de INTERNET "http://www.once.es", teniendo validez de Lista Oficial de Premios, aun cuando no se relacionen expresamente todas las categorías premiadas, las cuales vendrán determinadas con arreglo a lo previsto en cada caso en los apéndices correspondientes a los distintos tipos de sorteos. La ONCE no se responsabilizará de cualesquiera otras publicaciones distintas a dicha lista, sea cual fuere su procedencia o naturaleza. La Lista Oficial de Premios será el único documento que dará fe de los mismos.
    CAPÍTULO 6
    Incidencias durante la celebración del sorteo
    Artículo 23.
    Si durante el proceso de extracción de bolas existiera un fallo mecánico, dicha extracción se hará de modo manual y previa consulta con los miembros de la Mesa del sorteo. Este acto lo ejecutará, única y exclusivamente, la azafata o auxiliar del bombo correspondiente.
    Artículo 24.
    En el supuesto de ser extraídas sucesivamente más de una bola en alguno de los bombos, tendrá validez aquella que haya sido extraída en primer lugar, siempre y cuando exista la posibilidad material, a juicio del Presidente, de determinar esta contingencia. En caso de existir duda racional, a juicio del Presidente, acerca de cuál de las bolas ha sido la primera en ser extraída del bombo, se procederá a su vaciado completo, introduciéndose nuevamente la totalidad de las bolas correspondientes al mismo, por el orden establecido con anterioridad, realizándose a continuación, nuevamente, las operaciones de volteo y extracción de bola.
    Las operaciones descritas en este artículo no invalidarán las bolas extraídas correctamente de los demás bombos.
    Artículo 25.
    En el supuesto de caída de la bola extraída, una vez anunciada, y de que ésta no se pudiera localizar por cualquier motivo, la Mesa tendrá la facultad de comprobar las bolas no extraídas, una vez finalizado el acto. Caso de producirse lo contrario, es decir, que la bola extraída se cayera sin conocer su número, la Mesa tiene la capacidad decisoria de paralizar el sorteo y comprobar todas y cada una de las bolas que quedaran en el bombo correspondiente, con lo que, lógicamente, por exclusión, se averiguaría la bola que se extrajo.
    Artículo 26.
    Si la bola anunciada no fuera la correcta, el Interventor lo pondrá en conocimiento del Presidente y procederá a enunciar el número correcto al finalizar la extracción del resto de los bombos, salvo en aquellos casos en que la azafata o auxiliar, corrija a tiempo su error. En cuyo caso, igualmente, el Interventor a continuación procederá a enunciar el número correcto.
    Artículo 27.
    En el supuesto de no poderse realizar el sorteo en el lugar y hora previstos, por causas insalvables, el Presidente de la Mesa comunicará a la Segunda Mesa, constituida en la sede de la Dirección General de la ONCE, la necesidad de que asuma la ejecución del acto del sorteo.
    Ambas Mesas permanecerán constituidas hasta la finalización del mismo.
    Asimismo, si un sorteo tuviera que ser interrumpido en el curso de su ejecución por un evento imprevisto, la Mesa levantará acta de los números correspondientes a las bolas válidamente extraídas hasta el momento de la interrupción, procediéndose a la continuación del mismo por parte de la Segunda Mesa. Si esto tampoco fuera posible, se procederá a la reanudación del sorteo en el plazo máximo de veinticuatro horas.
    Para reiniciar el sorteo no se utilizarán los bombos de las bolas válidamente extraídas, realizándose las extracciones de los bombos restantes.
    CAPÍTULO 7
    Distribución de los premios
    Artículo 28.
    El importe de los premios en cada uno de los sorteos del cupón de la ONCE tendrá como límite máximo el 55 por 100 del valor facial de los cupones emitidos, independientemente de la modalidad de que se trate:
    lunes a jueves, viernes, fin de semana o extraordinario.
    CAPÍTULO 8
    Pago de premios
    Artículo 29.
    El cupón premiado sea cual sea su soporte es pagadero al portador contra su presentación y entrega, no pudiendo sustituirse por ningún otro documento o testimonio.
    El pago de los premios del cupón de la ONCE podrá gestionarse en las Delegaciones Territoriales, Direcciones Administrativas y Agencias de la ONCE, así como en aquellas Entidades de Crédito con las que la ONCE haya concertado este servicio, durante el horario que cada una tenga habilitado a tal efecto, previa presentación y entrega del cupón premiado, único documento válido para acreditar el premio.
    La ONCE podrá abonar el importe de los premios mediante transferencia bancaria, cheque o cualquier otro documento que posibilite la retirada del dinero en efectivo de la Entidad de Crédito que se determine.
    Para aquellos premios inferiores a seiscientos euros (600 euros) podrá efectuarse el pago en efectivo.
    Artículo 30.
    La ONCE realizará las validaciones y controles que considere oportunos para asegurar la veracidad del premio. Para el abono de premios correspondientes a cupones emitidos por terminal de punto de venta, será preciso que el número, serie y fecha del sorteo del cupón y su código de control coincidan con los registrados en el Sistema Central de Juego de la ONCE.
    Asimismo, por razones de seguridad y control, la ONCE podrá demorar el pago de cupones agraciados con premio a las cinco cifras o premio a las cinco cifras y serie, recogiendo el cupón o cupones premiados contra la entrega del oportuno justificante a su portador, debiendo devolverse dicho justificante en el momento de percibir el importe que corresponda.
    Artículo 31.
    Con el fin de facilitar la información requerida por las autoridades fiscales, para efectuar el pago de premios por un importe mayor o igual a cinco mil euros (5.000 euros), será requisito imprescindible la previa identificación del agraciado y su acreditación mediante documento nacional de identidad o documento equivalente.
    Artículo 32.
    No se abonarán los cupones presentados al cobro como premiados cuando en los mismos se aprecien roturas, tachaduras, enmiendas, deterioros o raspaduras, tanto en el anverso como en el reverso, o cualesquiera otras alteraciones o manipulaciones que impidan o dificulten su total y perfecta identificación y autentificación como cupones premiados, así como la determinación de la clase y cuantía del premio que hubiere correspondido.
    En su virtud, los cupones rotos se abonarán únicamente con el importe de la clase de premio que puedan acreditar fehacientemente con los datos que contienen, según se indica a continuación:
    1. Cuando el cupón preimpreso o uno de sus fragmentos contenga la última cifra del número premiado y la fecha completa, procede el abono del premio al reintegro.
    2. Cuando el cupón preimpreso o uno de sus fragmentos contenga las dos últimas cifras del número premiado y la fecha completa, procede el abono del premio a las dos últimas cifras.
    3. Cuando el cupón preimpreso o uno de sus fragmentos contenga las tres últimas cifras del número premiado y la fecha completa, procede el abono del premio a las tres últimas cifras.
    4. Cuando el cupón preimpreso o uno de sus fragmentos contenga las cuatro últimas cifras del número premiado y la fecha completa, procede el abono del premio a las cuatro últimas cifras.
    5. Cuando el cupón preimpreso o uno de sus fragmentos contenga las cinco cifras del número premiado y la fecha completa, procede el abono del premio a las cinco cifras. Asimismo, si además figura completo el número de la serie premiada, procede el abono del premio de las cinco cifras más serie.
    6. Cuando el cupón preimpreso o uno de sus fragmentos contenga la primera cifra del número premiado y la fecha completa, procede el abono del premio al segundo reintegro, si así lo contempla la estructura de premios del tipo de producto de que se trate.
    7. Los fragmentos de cupones preimpresos premiados, unidos de forma natural a cupones válidos, tendrán validez por el premio o premios que acredite el cupón identificable, siempre que el fragmento conserve, al menos, el guarismo completo de la unidad.
    8. Igual previsión resultará aplicable al "Abono Semanal preimpreso", si bien se abonarán los premios con sometimiento a la misma estructura de identificación que se ha indicado en los apartados anteriores, resultando tantos premios como pudieran corresponder a la fecha o fechas de sorteo identificados en el Abono o uno de sus fragmentos.
    9. Para los cupones emitidos por terminales de punto de venta, se requerirá además, que el fragmento del cupón contenga todos los datos del código de control asignado por el Sistema Central de Juego de la ONCE.
    Artículo 33.
    El plazo de validez para la presentación de cupones premiados en las oficinas de la ONCE o entidad bancaria colaboradora, a efectos de su pago, caducará a los treinta días naturales, contados desde el siguiente a aquél en que tuvo lugar el sorteo correspondiente. Los premios del "Abono Semanal" o de las modalidades de acumulación de sorteos distintas al abono semanal caducarán a los treinta días naturales a contar desde el siguiente al último de los sorteos para los que resulte válido. Si el último día de plazo es sábado, domingo o festivo, el mismo se entenderá prorrogado hasta el primer día laborable siguiente, no considerando, a estos efectos, como laborable el sábado.
    Transcurrido el plazo de caducidad decaerá el derecho al percibo de los premios que los cupones caducados pudieran haber obtenido.
    Cuando en el seno de un proceso judicial la Autoridad Judicial competente ordenase la suspensión del pago del premio correspondiente a un cupón, quedará suspendido el plazo de caducidad hasta que se dicte sentencia firme.
    CAPÍTULO 9
    Derechos de los compradores del cupón
    Artículo 34.
    A los efectos de garantizar los derechos de los consumidores, en el reverso del cupón figurará un extracto de la presente normativa reguladora, debiendo reflejarse las principales categorías premiadas, los plazos de caducidad, las formas y lugar de pago, la indicación de que los programas de los sorteos se publican en el "Boletín Oficial del Estado" y todos aquellos aspectos que la ONCE entienda de interés a fin de garantizar tales derechos.
    Los consumidores podrán presentar en los centros de la ONCE cualquier reclamación sobre las deficiencias en la prestación del servicio. Asimismo el Comprador tendrá a su disposición el Reglamento del Cupón en los Centros de la ONCE y en la página de INTERNET "http//www.once.es".
    En aquellos formatos, que por razones de espacio, o por englobar varios sorteos no sea posible detallar las diferentes estructuras de premios, se hará referencia a este Reglamento que las contiene, y a los lugares físicos y electrónicos donde puede obtenerse dicho Reglamento.
    Artículo 35.
    Contra los actos de la Organización en materia de sorteos del cupón los interesados podrán formular reclamación ante el Director General de la ONCE, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de la notificación del acto.
    Contra la resolución del Director General, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Consejo General de la ONCE, cuando la cuantía de la reclamación sea igual o inferior a veinticuatro mil cuarenta euros (24.040 euros), o ante el Consejo de Protectorado, en caso contrario ; recursos que agotarán la vía administrativa previa a la jurisdiccional. El plazo máximo para la interposición de este recurso será de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de la notificación de la resolución del Director General.
    Tanto en fase de reclamación como de recurso de alzada ante el Consejo General de la ONCE se dictará resolución expresa. El plazo máximo para la resolución de las reclamaciones y recursos por los órganos de la ONCE será de dos meses, contados a partir de su presentación. El plazo indicado quedará interrumpido por cualquier acto propio del procedimiento, incluida la práctica de elementos probatorios, cuya duración estimada resulte superior a un mes. La suspensión del procedimiento y la subsiguiente ampliación del plazo será acordada mediante resolución expresa y notificada al interesado, sin que, en ningún caso, la suspensión en sí misma conlleve una demora superior a tres meses. Transcurrido el plazo de duración del procedimiento o ampliado, en su caso, sin que por la ONCE se hubiese dictado resolución, el recurso deberá entenderse desestimado, con la excepción de que el recurso de alzada ante el Consejo General de la ONCE se hubiese interpuesto contra la desestimación por transcurso del plazo sin que el Director General de la ONCE hubiese dictado una resolución sobre la reclamación presentada, en cuyo caso se deberá entender estimado el recurso.
    Las reclamaciones relativas a cupones emitidos por terminal de punto de venta deberán contener la identificación del código de control representativo de la participación.
    Disposición adicional.
    Las condiciones específicas de cada sorteo extraordinario, aprobadas por el Consejo General de la ONCE y verificadas por la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado, se publicarán en el "Boletín Oficial del Estado" como garantía de los consumidores. Los restantes elementos de estos sorteos extraordinarios no recogidos de forma expresa en los correspondientes acuerdos del Consejo General de la ONCE, serán regulados por el presente Reglamento.
    Disposición derogatoria.
    Quedan derogados todos los Reglamentos del sorteo del cupón vigentes hasta la entrada en vigor de este texto refundido del Reglamento Regulador del Sorteo del Cupón de la ONCE.
    Disposición final.
    El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
    APÉNDICE 1
    Normas del sorteo de lunes a jueves
    1.º Vigencia.-Las normas reguladas en el presente apéndice tienen vigencia desde uno de enero de 2003, y tendrán una duración indefinida en tanto no se apruebe su modificación.
    2.º Precio.-El precio unitario del cupón correspondiente a sorteos de lunes a jueves será de un euro y cincuenta céntimos (1,50 euros).
    3.º Estructura de premios.-La distribución de premios para los sorteos celebrados de lunes a jueves será la siguiente:
    1. Premio a las cinco cifras y serie: trescientos mil euros (300.000 euros) por cupón, a un único cupón cuyas cinco cifras y serie coincidan con las del número y serie premiado y estén dispuestas en el mismo orden.
    2. Premio a las cinco cifras: treinta y tres mil euros (33.000 euros) por cupón, a un único cupón de cada serie, cuyas cinco cifras coincidan con las del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden, excepto el cupón agraciado con el premio a las cinco cifras y serie, mencionado en el punto anterior.
    3. Premio a las cuatro últimas cifras: ciento cincuenta euros (150 euros) por cupón, a los nueve cupones de cada serie, cuyas cuatro últimas cifras (unidades de millar, centenas, decenas y unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden.
    4. Premio a las tres últimas cifras: quince euros (15 euros) por cupón, a los 90 cupones de cada serie, cuyas tres últimas cifras (centenas, decenas y unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden.
    5. Premio a las dos últimas cifras: cinco euros (5 euros) por cupón, a los 900 cupones de cada serie, cuyas dos últimas cifras (decenas y unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden.
    6. Premio a la última cifra (primer reintegro): un euro y medio (1,50 euros) por cupón, a los 9.000 cupones de cada serie, cuya última cifra (unidades) coincida con la misma cifra del número premiado.
    7. Premio a la primera cifra (segundo reintegro): un euro y medio (1,50 euros) por cupón, a los 9.000 cupones de cada serie, cuya primera cifra (decenas de millar) coincida con la misma cifra del número premiado.
    No será acumulable ninguno de los premios enunciados en los párrafos anteriores.
    4.º Normas específicas de la celebración del Sorteo.-Para los sorteos de lunes a jueves se utilizará un sexto bombo con diferente magnitud respecto a los otros cinco. Dicho bombo contendrá tantas bolas, del mismo tamaño, color y peso, como series hayan sido puestas en juego, de manera que el número de bolas contenidas podrá ser distinto en cada sorteo, en función de los cupones emitidos, a razón de una bola por cada serie.
    De este bombo se extraerá una bola que determinará la serie premiada.
    Con carácter previo a la extracción de la serie premiada se indicará expresamente el premio al que se refiere.
    APÉNDICE 2
    Normas del sorteo de viernes
    1.º Vigencia.-Las normas reguladas en el presente apéndice tienen vigencia desde uno de octubre de 2003 y tendrán una duración indefinida en tanto no se apruebe su modificación.
    2.º Precio.-El precio unitario del cupón correspondiente a sorteos de viernes será de dos euros y cincuenta céntimos (2,50 euros).
    3.º Estructura de Premios.-La distribución de premios para los sorteos celebrados en viernes será la siguiente:
    1. Premio a las cinco cifras y serie: seis millones de euros (6.000.000 euros) a un solo cupón, cuyas cinco cifras y serie coincidan con las del número y serie premiados y estén dispuestas en el mismo orden.
    2. Premio a las cinco cifras: treinta y cinco mil euros (35.000 euros) por cupón a un único cupón de cada serie, cuyas cinco cifras coincidan con las del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden, excepto el cupón agraciado con el premio a las cinco cifras y serie, mencionado en el punto anterior.
    3. Premio a las cuatro últimas cifras: seiscientos euros (600 euros) por cupón, a los nueve cupones de cada serie, cuyas cuatro últimas cifras (unidades de millar, centenas, decenas y unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden.
    4. Premio a las tres últimas cifras: sesenta euros (60 euros) por cupón, a los 90 cupones de cada serie, cuyas tres últimas cifras (centenas, decenas y unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden.
    5. Premio a las dos últimas cifras: seis euros (6 euros) por cupón, a los 900 cupones de cada serie, cuyas dos últimas cifras (decenas y unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden.
    6. Premio a la última cifra (reintegro): dos euros y cincuenta céntimos (2,50 euros) por cupón a los 9.000 cupones de cada serie, cuya última cifra (unidades) coincida con la misma cifra del número premiado.
    No será acumulable ninguno de los premios enunciados en los párrafos anteriores.
    4.º Normas específicas de la celebración del sorteo.-Para los sorteos de viernes se utilizará un sexto bombo de diferente magnitud que los otros cinco. Dicho bombo contendrá tantas bolas, del mismo tamaño, color y peso, como series hayan sido puestas en juego, de manera que el número de bolas contenidas podrá ser distinto en cada sorteo, en función de los cupones emitidos, a razón de una bola por cada serie. De este bombo se extraerá una bola que determinará la serie premiada. Con carácter previo a la extracción de la serie premiada se indicará expresamente el premio al que se refiere.
    5.º Periodicidad del sorteo.-Este sorteo se celebrará con periodicidad semanal, los viernes.
    APÉNDICE 3
    Normas del sorteo de fin de semana
    1.º Vigencia.-Las normas reguladas en el presente apéndice tienen vigencia desde uno de enero de 2004 y tendrán una duración indefinida en tanto no se apruebe su modificación.
    2.º Precio.-El precio unitario del cupón correspondiente a sorteos de fin de semana será de dos euros (2 euros).
    3.º Estructura de premios.-La distribución de premios para los sorteos celebrados en "fin de semana" será la siguiente:
    1. Premio a las cinco cifras y serie: cien mil euros (100.000 euros) al año durante 25 años consecutivos, a un solo cupón cuyas cinco cifras y serie coincidan con las del número y serie premiados y estén dispuestas en el mismo orden.
    2. Premio a las cinco cifras: treinta mil euros (30.000 euros) por cupón a un único cupón de cada serie, cuyas cinco cifras coincidan con las del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden, excepto el cupón agraciado con el premio a las cinco cifras y serie, mencionado en el punto anterior.
    3. Premio a las cuatro últimas cifras: trescientos euros (300 euros) por cupón, a los nueve cupones de cada serie, cuyas cuatro últimas cifras (unidades de millar, centenas, decenas y unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden.
    4. Premio a las tres últimas cifras: treinta euros (30 euros) por cupón, a los 90 cupones de cada serie, cuyas tres últimas cifras (centenas, decenas y unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden.
    5. Premio a las dos últimas cifras: cinco euros (5 euros) por cupón, a los 900 cupones de cada serie, cuyas dos últimas cifras (decenas y unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden.
    6. Premio a la última cifra (reintegro): dos euros (2 euros) por cupón a los 9.000 cupones de cada serie, cuya última cifra (unidades) coincida con la misma cifra del número premiado.
    No será acumulable ninguno de los premios enunciados en los párrafos anteriores.
    4.º Normas específicas de la celebración del sorteo.-Para los sorteos de fin de semana se utilizará un sexto bombo de diferente magnitud que los otros cinco. Dicho bombo contendrá tantas bolas, del mismo tamaño, color y peso, como series hayan sido puestas en juego, de manera que el número de bolas contenidas podrá ser distinto en cada sorteo, en función de los cupones emitidos, a razón de una bola por cada serie. De este bombo se extraerá una bola que determinará la serie premiada. Con carácter previo a la extracción de la serie premiada se indicará expresamente el premio al que se refiere.
    5.º Normas específicas de pago de premios.-El pago del premio de cinco cifras más serie del sorteo de "fin de semana" se efectuará como sigue:
    1. El primer pago de 100.000 euros se abonará contra la presentación del cupón premiado en alguna de las Delegaciones Territoriales, Direcciones Administrativas, Agencias o Entidades de Crédito Colaboradoras, conforme a lo indicado en los artículos 29 a 33 de este Reglamento.
    2. El pago de las anualidades desde la segunda a la vigésimo quinta del premio, ambas inclusive, se efectuará por la Entidad de Crédito designada por el agraciado de entre las concertadas por la ONCE para el pago de estos premios, durante los 24 años siguientes a la celebración del sorteo y se efectuará coincidiendo con los días 15 o día hábil siguiente, de los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre de cada año, en función de que el sorteo corresponda al primer, segundo, tercer o cuarto trimestre, respectivamente.
    3. Contra la entrega del cupón premiado, el agraciado recibirá el importe del primer pago y un documento justificativo de su derecho a cobrar las anualidades desde la segunda a la vigésimo quinta ; simultáneamente y en el mismo documento, otorgará recibo del primer pago y comunicará la Entidad de Crédito designada de entre las concertadas por la ONCE para estos pagos.
    4. La ONCE transferirá el importe del premio a la Entidad de Crédito designada por el agraciado, quedando desde ese momento liberada de sus obligaciones de pago.
    5. Para el caso de fallecimiento del agraciado, la ONCE se obliga a permitir que éste designe causahabientes ante la Entidad Colaboradora pagadora del premio.
    6.º Periodicidad del sorteo.-Este sorteo se celebrará con periodicidad semanal, los domingos.
    APÉNDICE 4
    Normas del abono semanal
    1.º Vigencia.-Las normas reguladas en el presente apéndice tienen vigencia desde uno de julio de 2002 y tendrán una duración indefinida en tanto no se apruebe su modificación.
    2.º Precio.-El precio del abono semanal será el resultante de la suma del precio individual de cada uno de los sorteos que lo formen durante el período de referencia.
    3.º Estructura de Premios.-Los premios del abono semanal son la suma de los premios de cada uno de los sorteos contenidos en cada cupón de abono. La distribución de estos premios se regirá por lo preceptuado en los apéndices correspondientes a cada tipo de sorteo, en función de si el abono resultare premiado en sorteos de lunes a jueves, viernes o fin de semana. En tales supuestos el pago se hará efectivo conforme a las prescripciones señaladas en el presente apéndice.
    4.º Normas específicas.-La forma de comercialización denominada "Abono Semanal", consiste en un cupón, preimpreso o emitido por terminal de punto de venta, válido para todos los sorteos de carácter periódico que se celebren durante un período de siete días naturales.
    El título representativo del abono semanal será un documento que contendrá un único número y su serie, figurando las fechas de los sorteos para los cuales es válido, así como el precio total del cupón.
    El "Abono semanal" es un producto que se extiende única y exclusivamente a una semana ; por tanto, la ONCE no garantiza, en ningún caso, la continuidad de la numeración destinada a este producto durante períodos superiores a la semana, la disponibilidad continuada de ningún número, así como tampoco su suministro periódico al mismo agente-vendedor. El Abono Semanal, adoptará como nombre comercial: "Bono-cupón".
    5.º Normas específicas de pago de premios.-Los premios del "Abono semanal" serán pagados de forma acumulada en un solo y único acto, una vez efectuado el último sorteo contenido en dicho abono semanal y en el período de validez del mismo, con la salvedad del premio correspondiente al sorteo de fin de semana, que se fraccionará conforme dispone su normativa específica.
    APÉNDICE 5
    Normas de otras modalidades de acumulación de soteos distintas al "Abono semanal"
    1.º Vigencia.-Las normas reguladas en el presente apéndice tienen vigencia desde uno de diciembre de 2003, y tendrán una duración indefinida en tanto no se apruebe su modificación.
    2.º Precio.-El precio de los cupones emitidos por terminales de punto de venta de otras modalidades de acumulación de sorteo distintas al "Abono semanal", será el resultante de la suma del precio individual de cada una de las participaciones que contenga.
    3.º Estructura de Premios.-Los premios de los cupones de las modalidades de acumulación de sorteos distintas al "Abono semanal", son la suma de los premios correspondientes a cada uno de los números y series de los sorteos contenidos en cada cupón. La distribución de estos premios se regirá por lo preceptuado en los apéndices correspondientes a cada tipo de sorteo. El pago se hará efectivo conforme a las prescripciones señaladas en el presente apéndice.
    4.º Normas específicas.-La forma de comercialización de otras modalidades de acumulación de sorteos, distintas a la denominada "Abono semanal", se efectuará únicamente a través del cupón emitido por terminal de punto de venta. En este caso, se podrá acumular la participación en varios sorteos de los que se celebren en el periodo máximo de siete días naturales.
    El título representativo de la modalidad de acumulación de sorteos distinta al "Abono semanal" deberá incluir los requisitos referidos en este Reglamento para el cupón emitido por terminal de punto de venta.
    La ONCE no garantiza, en ningún caso, la continuidad de la numeración destinada a esta modalidad.
    5.º Normas específicas de pago de premios.-Los premios de los cupones de las modalidades de acumulación de sorteos distintas al "Abono semanal", serán pagados una vez celebrado el último sorteo contenido en el mismo. El abono se efectuará de forma acumulada en un solo y único acto, y en el período de validez del mismo, con la salvedad del premio correspondiente al sorteo de fin de semana, que se fraccionará conforme dispone su normativa específica.jlkjlkj

    jueves, 24 de enero de 2008

    La ONCE dará cobertura a 2500 niños cuando se construya el nuevo colegio de Madrid

    Ruiz-Gallardón, Valcarce y Carballeda colocan la primera piedra en el barrio madrileño de Moratalaz
    El alcalde de Madrid, Alberto Ruiz-Gallardón; la Secretaria de estado de Asuntos Sociales, Familia y Discapacidad, Amparo Valcarce; y el presidente de la ONCE, Miguel Carballeda, colocaron hoy en Madrid la primera piedra de la nueva sede del Centro de Recursos Educativos (CRE) de la ONCE en Madrid, con una inversión prevista de 27 millones de euros, para la atención directa de más de 2.500 niños y jóvenes ciegos y deficientes visuales.
    Ruiz-Gallardón destacó “la labor extraordinaria” de la ONCE y “el efecto positivo que genera en la sociedad al impulsar los valores de igualdad y solidaridad”. El alcalde de Madrid destacó que el nuevo centro “es un espacio de oportunidad y garantía de igualdad no sólo para los discapacitados sino para todos los ciudadanos”.
    Por su parte Valcarce subrayó la colaboración de la ONCE y su Fundación con las Administraciones para la puesta en marcha de iniciativas de carácter social y la “erradicación de estereotipos sociales discriminatorios”.
    El presidente de la ONCE y su Fundación, Miguel Carballeda, destacó el esfuerzo de la Organización, que este año cumple 70 años, a favor de una educación que integre a estos niños con discapacidad visual en los centros educativos ordinarios. Para lograrlo, la ONCE realiza una “inversión en educación cercana a los 60 millones de euros al año, a lo que se añade los 27 millones destinados a la construcción de este nuevo centro”, por lo que reiteró la necesidad de que la Organización cuente con “herramientas para cumplir estos compromisos”.
    Al acto asistieron también el concejal presidente de la Junta Municipal del Distrito de Moratalaz, Fernando Martínez Vidal; las delegadas de Servicios Sociales y Urbanismo Del Ayuntamiento, Concha Dancausa y Pilar Martínez; el portavoz del PSOE en el Ayuntamiento, David Lucas; el presidente de FCC Construcciones, José Mayor Oreja, (que ejecuta el proyecto); y el director general de la ONCE, Ángel Sánchez, entre otros asistentes.
    Con una superficie de unos 9.600 m2, el solar que dará cabida al nuevo colegio de la Organización está ubicado en el distrito madrileño de Moratalaz, en la confluencia de la Avenida Doctor García Tapia con las calles Oberón y Mario Cabré. Las nuevas instalaciones contarán con 22.000 metros cuadrados construidos con planta sótano y cuatro alturas, respetando e integrándose así en el barrio.
    El nuevo centro, con capacidad para dar residencia a más de 130 niños ciegos y deficientes visuales, será la referencia para más de 2.500 estudiantes de todo el centro peninsular (Madrid, Castilla-León, Castilla-La Mancha, País Vasco, Navarra y Canarias). El colegio de Madrid cuenta con 262 profesionales especializados (maestros, técnicos, trabajadores sociales, pedagogos, psicólogos, logopedas, instructores tecnológicos y el resto de personal necesario para el desarrollo de la actividad diaria).
    De 0 años hasta la Universidad
    El proyecto diseñado para el nuevo CRE de la ONCE abarca un programa de servicio a las necesidades para los alumnos con discapacidad visual, de manera que ofrece cobertura desde los 0 años hasta la Universidad, al incluir desde una unidad de estimulación temprana para bebés con problemas de visión, hasta llegar a la Universidad (incluso de mayores), pasando por el apoyo a todas las etapas educativas, en todas las especialidades.
    El centro está formado por un colegio específico para enseñanzas de primaria, secundaria y formación profesional; una residencia para alumnos en régimen de internado; un servicio médico y rehabilitación integral; un servicio de educación integrada, para apoyo a la enseñanza especial en otros centros; una unidad de producción de recursos didácticos; una unidad de sordociegos; recursos generales; instalaciones deportivas (polideportiva y piscina), y un salón de actos.
    El edificio consta de cuatro plantas sobre rasante y una planta bajo rasante para aparcamiento y talleres de mantenimiento. En forma de “L” el edifico se organiza en función de los tres usos principales del centro: residencia, colegio y polideportivo, si bien mantiene la máxima de constituir un colegio en el que algunos niños podrán estudiar y también vivir.
    Por ello, la apuesta por los espacios totalmente accesibles, con colores y texturas que puedan beneficiar a los alumnos con algún resto visual es una de las particularidades del proyecto, que trata además de combinar espacios familiares (en las zonas de residencia), con espacios de estudio (colegio) y ocio (polideportivo, piscina, salas de entretenimiento, patios y jardines).
    Atención a 2.500 alumnos con discapacidad visual
    El Centro de Recursos Educativos de la ONCE constituye una pieza clave para poner a disposición de la toda la comunidad educativa (alumnos, familias y profesionales) los recursos humanos y materiales necesarios en el proceso educativo de alumnos ciegos y con deficiencia visual grave.
    El actual CRE de Madrid, al que sustituirán las nuevas instalaciones, da cobertura a las necesidades educativas de los alumnos con discapacidad visual de las Comunidades de Madrid, Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Navarra y País Vasco, que se sitúan en 2.500 niños y jóvenes con diferentes niveles educativos: 402 en Educación Infantil, 388 en Educación Primaria, 333 en Educación Secundaria Obligatoria, 96 en Bachillerato, 53 en Formación Profesional y 1.197 en estudios universitarios y otro tipo de enseñanzas.
    58 millones de euros al año
    Desde su nacimiento en 1938, la ONCE ha venido prestando una especial atención a la educación de los ciegos y deficientes visuales como principio para alcanzar su plena integración en la sociedad, adecuándose siempre a las pautas marcadas por el sistema educativo general, en el que prevalece la práctica orientada hacia la inclusión de todos los alumnos en la misma escuela.
    Por tanto, se trata de trabajar en un único sistema donde se integren todos los niños y niñas, tengan o no algún tipo de discapacidad visual. En la actualidad el 97,5% de los cerca de 7.500 alumnos que reciben atención educativa por parte de la ONCE ya están escolarizados en centros de enseñanza ordinarios, en sus ciudades y pueblos, en sus barrios, con sus vecinos y amigos.
    La ONCE pone a disposición de estos estudiantes un conjunto de servicios educativos con el fin último de la integración: atención real y adecuada a las necesidades educativas de cada alumno ciego; cobertura en las distintas etapas educativas, desde la infantil a la universitaria, así como la formación permanente y reciclaje de adultos; estrecha relación entre educación y empleo, como pilares esenciales de la normalización en la sociedad; e impulso de la accesibilidad universal y el diseño para todos dentro del sistema educativo.
    Para este trabajo, la ONCE cuenta con los Centros de Recursos Educativos (CRE) repartidos por España (Alicante, Madrid, Pontevedra, Sevilla y Barcelona) que se conciben como el conjunto de servicios educativos especializados, de carácter complementario a los recursos generales y ordinarios del sistema educativo, que dan respuesta en cada una de sus ámbitos de intervención a las necesidades derivadas de la ceguera o deficiencia visual.
    Los CRE prestan una atención educativa directa a través de los equipos específicos de atención educativa a personas con discapacidad visual tanto en el entorno escolar como en el familiar y social y, cuentan además, con servicios de apoyo, complementarios a la atención educativa directa: formación de profesionales, investigación educativa e innovación pedagógica, producción de recursos didácticos y tecnológicos, etc
    Para poder seguir desarrollando esta atención educativa específica, la ONCE ha previsto para el año 2008 una inversión de cerca de 58 millones de euros. Las prioridades de intervención vendrán determinadas por los convenios de colaboración firmados con cada una de las diferentes Consejerías de Educación y por las directrices marcadas desde la Dirección de Educación de la Organización, cubriendo, en todo caso, las necesidades específicas de los alumnos con discapacidad visual.

    martes, 22 de enero de 2008

    HBO en internet

    Poco a poco, las televisiones están entrando en Internet. En esta ocasión, la noticia es que el canal por cable más popular de Estados Unidos, HBO, permitirá que los usuarios se descarguen de la red series como Los Soprano o Roma.Para acceder a las 400 horas disponibles mensualmente habrá que estar registrado en HBO. Uno de los presidentes del canal, Eric Kessler, ha señalado en The New York Times las razones de este proyecto: “Mucha gente, sobre todo joven, ve la televisión a través del ordenador. Hemos querido crear un producto para ellos”.Una de las particularidades es que los contenidos descargados tendrán que visualizarse a través de un programa específico, que por el momento sólo está disponible para Windows. Además, el contenido no podrá ser transferido a otros dispositivos portátiles y pasadas las cuatro semanas "caducará" y dejará de visualizarse.Otra característica innovadora es que los usuarios podrán crear una cuenta para cada miembro de la familia, lo que permite establecer unos estrictos controles parentales. Por el momento, esta iniciativa se pondrá en marcha en el estado de Wisconsin, según la compañía, con la intención de “determinar la magnitud del interés de ver vídeos en el ordenador”.

    lunes, 21 de enero de 2008

    Mañana se decidirá qué hacer con el himno nacional

    El Comité Ejecutivo del Comité Olímpico Español (COE) decidirá mañana el futuro de la iniciativa de elegir una letra para el himno nacional, después de que haya aparcado la composición de Paulino Cubero, escogida en un principio por los miembros del jurado. El pasado 11 de enero, el COE confirmó la letra del himno nacional, después de que fuera publicada en el diario "Abc", y anunció que el autor de la composición era Paulino Cubero, un parado manchego de 53 años y aficionado a la poesía. Sin embargo, el contenido de la letra fue objeto de numerosas críticas, por lo que el COE decidió en la tarde del martes pasado su retirada y la suspensión de la gala que tenía previsto celebrar hoy en el Auditorio del Ifema, donde el tenor Plácido Domingo interpretaría la nueva letra del himno nacional. En principio, el COE tenía previsto presentar la letra en esta gala e iniciar la recogida de al menos 500.000 firmas de apoyo para presentarlas en el Parlamento como iniciativa legislativa popular. Sin embargo, el Comité Ejecutivo del COE acordará el nuevo procedimiento mañana, en una reunión en la que también abordará la celebración de su gala anual, los Juegos Olímpicos de Pekín 2008 y Madrid 2016, entre otros temas.

    domingo, 20 de enero de 2008

    Curso de diseño web y multimedia Astorga (Lunes 01 de octubre 2007 - Viernes 18 de enero 2008)

    Hola a todos los que hicieron el curso de diseño web y multimedia que se hizo en Astorga durante el 1 de octubre de 2007 y el 18 de enero de 2008. Desde aquí os invito a que visitéis la página del evento que he creado en Windows Live para poder estar en contacto unos con otros para el que quiera (eso ya lo dejo a juicio de cada uno). Como no tengo el correo electrónico de todo tomé esta decisión y además de crearlo en mi blog, que no le gusta mucho a Alberto, pero que espero que todos lo podáis ver y acceder al Evento. Tengo la esperanza de que podáis verlo y participar todos.
    Ya por último os doy la dirección donde está el Evento y podéis participar en él, incluir las fotos que se han hecho, lo que queráis. Espero que no perdamos el contacto y no quede nuestras buenas relaciones solamente en un curso.

    ATENCIÓN USUARIO DE JAWS

    Virus: KillJWS.A Peligrosidad: 1 - Mínima Fecha: 19/01/2008 10:02
    Intenta detener el software JAWS, popular software de interpretación mediante sonido del contenido mostrado en pantalla.

    viernes, 18 de enero de 2008

    Nuevo gadget en Diario de Javi: convierte en sonido todo lo que escriba

    Desde hoy los usuarios de Diario de Javi pueden convertir sus textos escritos en ficheros mp3. El programa es ideal para personas ciegas y con discapacidad visual que no pueden ver los textos en pantalla y/o papel y requieran adaptaciones tiflotécnicas como Jaws, Zoomtext o Magic entre otros muchos y según la minusvalía lo requiera.

    miércoles, 16 de enero de 2008

    Los ciegos podrán votar en Braille para las elecciones a Cortes Generales y al Parlamento andaluz

    Por primera vez en la historia, las personas ciegas y deficientes visuales graves van a poder ejercer su derecho a voto de forma autónoma sin requerir asistencia alguna y, por ello, con plenas garantías para el secreto del sufragio.

    En el Real Decreto1612/2007 de 7 de diciembre, el Gobierno ha publicado un procedimiento de voto accesible para las personas con discapacidad visual usuarias del sistema Braille. Para el uso del citado procedimiento se deben cumplir los siguientes requisitos:
    - Ser afiliado a la ONCE o tener reconocida una minusvalía por deficiencia visual igual o superior al 33 por ciento.
    - Ser usuario o utilizar el sistema de lecto-escritura Braille.
    - Solicitarlo previamente, dentro de los plazos marcados, mediante el uso del teléfono gratuito que el Ministerio del Interior ha habilitado al efecto.

    El procedimiento que se utilizará se basa en que las personas que así lo hayan pedido dispondrán de una documentación editada en sistema Braille que les permitirá el ejercicio del voto, utilizando las mismas papeletas y sobres que el resto de la población, por lo que de esta forma queda garantizado el secreto del voto.

    De esta forma, aquellos afiliados que deseen hacer uso de este procedimiento tendrán que seguir los siguientes pasos:

    1º.- Solicitar telefónicamente, al número gratuito 900-150-000, habilitado al efecto por el Ministerio del Interior, los materiales complementarios en sistema Braille. En el caso de que las Elecciones se celebren el 9 de marzo, la solicitud podrá realizarse entre los días 15 de enero y 11 de febrero de 2008.

    2º.- Para conocer previamente al día de la votación, los componentes de las distintas candidaturas, se podrán utilizar dos sistemas:
    - Consulta telefónica en el mismo número gratuito (900-150-000) dispuesto por el Ministerio del Interior, a partir del día en que se publiquen las candidaturas hasta el día de las elecciones.
    - Mediante el acceso a la página WEB accesible que el Ministerio del Interior ha habilitado al efecto a la que se podrá acceder mediante un enlace establecido en la dirección www.mir.es.

    3º.- La documentación solicitada será remitida por la Administración a la mesa en la que le corresponde ejercer el derecho al voto al afiliado que así lo haya solicitado.

    4º.- El afiliado deberá dirigirse el día de las elecciones al presidente de la mesa electoral que le corresponda, y una vez identificado con su DNI, el presidente o los vocales de la mesa le entregarán los materiales complementarios en braille incluyendo las papeletas y sobres convencionales. Asimismo, en el caso en que las cabinas de votación no reúnan las condiciones precisas para la manipulación de los materiales por parte del votante, el presidente de la mesa deberá dirigirle al espacio que el colegio electoral haya preparado al efecto. Este, deberá permitir la confidencialidad y la seguridad del voto.

    5º.- El afiliado, con los materiales recibidos, podrá escoger su opción de voto, y depositar en la urna correspondiente los sobres y las papeletas normalizadas utilizadas en el proceso electoral.

    Los materiales que se le entregarán a los afiliados que lo hayan solicitado, estarán dentro de un contenedor (“kit del voto accesible”), en cuyo exterior, tanto en tinta como en braille figurará el tipo de elecciones de que se trate (en el presente caso: elecciones a Cortes Generales o elecciones al Parlamento.

    CONTENIDO DEL KIT DEL VOTO ACCESIBLE

    1.- Una guía explicativa de su manejo en braille.

    2.- Un sobre rotulado en tinta y en braille con el texto “Elecciones al Congreso de los Diputados”, y con el siguiente contenido:

    2.1- Un sobre de votación convencional.

    2.2- Un sobre por cada una de las candidaturas identificado en tinta y en braille con el nombre de cada candidatura o partido. Dentro de cada uno de estos sobres se encontrará la papeleta normalizada de votación correspondiente a la candidatura indicada en el exterior.

    3.- Un sobre rotulado en tinta y en braille con el texto “Elecciones al Senado”, y con el siguiente contenido:

    3.1- Un sobre de votación convencional.

    3.2- Una plantilla braille que contendrá la papeleta de votación normalizada en su interior.

    3.3- Una lista, en braille e identificada en tinta, de las candidaturas y candidatos que se presentan en las Elecciones al Senado en su provincia.

    INSTRUCCIONES PARA LA UTILIZACIÓN DEL KIT DE VOTACIÓN:

    El contenido del kit accesible permitirá la identificación de la opción de voto por las personas ciegas o con discapacidad visual grave, usuarias del braille, con autonomía y plena garantía para el secreto del voto.

    Los pasos a seguir serán los siguientes:

    A. Preparación del voto al Congreso de los Diputados:

    1. Abrir el sobre “Elecciones al Congreso” y sacar los sobres de las candidaturas identificados en braille, y el sobre de votación convencional (el único que no tiene etiqueta en braille).

    2. Seleccionar el sobre cuya etiqueta en braille coincida con la candidatura a la que desea votar.

    3.Abrir el sobre y extraer la papeleta normalizada de la candidatura seleccionada.

    4.Introducir esta papeleta en el sobre de votación convencional (el único que no tiene etiqueta en braille).

    El sobre de votación para el Congreso de los Diputados ya estará preparado.

    B. Preparación del voto al Senado:

    1. Abrir el sobre “Elecciones al Senado” y sacar, con cuidado, la platilla braille, la lista en braille de candidaturas y candidatos, y el sobre de votación convencional.

    2. En el interior de la plantilla braille se encontrará la papeleta normalizada de votación. Es importante no descolocar ni sacar la papeleta antes de llegar al paso 6.

    3. Las candidaturas aparecerán representadas en la plantilla mediante números en Braille. Cada número se corresponderá con una determinada candidatura. Para conocer a qué candidatura corresponde cada número, se deberá consultar la lista en braille de candidaturas y candidatos.

    4. Los candidatos de cada candidatura aparecerán representados en la plantilla mediante símbolos en braille situados justo debajo de los números del apartado anterior. El primer símbolo se corresponderá con el primer candidato de la candidatura, el segundo símbolo, con el segundo candidato, y así sucesivamente. Para conocer el orden y los nombres de los candidatos de cada formación política se deberá consultar la lista en braille de candidaturas y candidatos.

    5. A la izquierda del símbolo que representa a cada candidato se encontrará una ventana troquelada. Para votar a un candidato se ha de marcar un aspa en el interior de la ventana correspondiente.

    6. Por último, se deberá extraer la papeleta de la plantilla, plegarla e introducirla en el sobre de votación convencional (el que no tiene etiqueta en braille).

    El sobre para el Senado ya estará preparado.

    En el caso de las elecciones al Parlamento de Andalucía, el “kit” con la documentación específica para la votación de personas ciegas o deficientes visuales, mediante el uso del Braille, tendrá un formato y unas instrucciones similares a las descritas más arriba para las elecciones al Congreso de los Diputados (paso A).

    Los Centros de la ONCE, y en especial los Consejos Territoriales de cada ámbito podrán resolver las dudas que puedan producirse sobre el procedimiento de voto y el uso del material específico.

    Información complementaria en la Nota-Circular NÚM. 118/2007, DE 21 DE DICIEMBRE, DE LA DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE SERVICIOS SOCIALES PARA AFILIADOS. y en
    Página web del Ministerio del Interior: www.mir.es

    lunes, 14 de enero de 2008

    Vuelve Herederos - Estreno exclusivo - 'La venganza'

    Hoy se estrena en La 1 la nueva temporada de Herederos. En Diario de Javi puedes ver el capítulo "La Venganza" de la serie "Herederos".

    domingo, 13 de enero de 2008

    Problemas en la central nuclear de Cofrentes (Valencia)

    El titular de la central nuclear de Cofrentes (Valencia) comunicó hoy al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), siguiendo el procedimiento reglamenario, que la central sufrió a las 7.50 horas de hoy una variación de potencia no programada. La central, cuya potencia se ha reducido hasta aproximadamente el 50 por ciento, está llevando a cabo medidas de normalización de los sistemas y una investigación de las causas que atribuye inicialmente a oscilaciones en la red eléctrica externa, según informa el CSN. Durante las comprobaciones realizadas, se ha detectado una fuga en el sistema de muestras del circuito secundario por la subida de presión en la descarga de las bombas de agua de alimentación a raíz del transitorio informado anteriormente. Para la reparación de esta fuga, la central ha decidido seguir reduciendo la potencia hasta quedar desconectada de la red a lo largo de esta tarde. Sin embargo, este suceso no ha supuesto riesgo para los trabajadores, la población o el medio ambiente y se clasifica provisionalmente con nivel 0 en la Escala Internacional de Sucesos Nucleares (INES).

    El dietista-nutricionista. Un profesional de la salud

    sábado, 12 de enero de 2008

    Nueva página en construcción

    En las próximas semanas tendrá lugar el nacimiento de un nuevo portal web de servicios pero a nivel rudimentario y a local en León.
    Todavía está en fase de gestación hasta poder diseñar contenidos y servicios apropiados. Es por eso la razón de que escriba aquí para decir que pueda ocurrir que Diario de Javi pueda sufrir largos periodos sin actualizarse. Sin embargo se atenderán todas las sugerencias que se vayan aportando.

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    Estafa (nacionalista) contra dominios .es

    Nuevo intento de estafa masiva 'online'. Los titulares de dominios '.es' han recibido en las últimas semanas cartas remitidas en nombre del Registro Internet de España, en las que se les solicita que actualicen sus datos básicos y se les ofrece la posibilidad de proponer tres palabras clave de búsqueda en una web (www.registro-internet-de-espana.com).
    Por esos servicios, la compañía responsable de las misivas, DAD Deutscher, domiciliada en la ciudad alemana de Hamburgo, reclamaba a los titulares de dominios .es 958 euros anuales.
    Toda una supuesta estafa en la que, admiten fuentes de Red.es, la única autoridad de asignación de registros de España, "sí se han producido casos de usuarios avanzados que han cumplido las instrucciones del falso servicio".
    Además, según las mismas fuentes, la empresa germana está realizando un uso ilegítimo de una denominación, Registro Internet de España, que pertenece a Red.es.
    De momento, Red.es ha emprendido "las actuaciones necesarias" para paralizar el envío de las cartas y "se reserva el derecho de emprender acciones judiciales" para salvaguardar sus derechos y los de todos los titulares de nombres de dominio bajo '.es'.
    Las misivas pueden, en su opinión, "consituir un supuesto de estafa" al ofrecer la empresa alemana un servicio de actualización de datos a un precio de 958 euros anuales cuando esa actividad sólo la pueden prestar los agentes registradores acreditados o la propia Red.es. En este último caso, de manera gratuita.

    Nuevas amenzas contra nuestro ordenador, ¡ojito!

    PandaLabs, el laboratorio de detección y análisis de malware de Panda Security, ha detectado la aparición de troyanos que incluyen rootkits (MBRtool.A, MBRtool.B, MBRtool.C, etc.) diseñados para suplantar el master boot record (MBR), el primer sector o sector cero del disco duro, por uno propio. Esto supone una auténtica novedad en la utilización de rootkits, ya que hacen aún más difícil la detección de los códigos maliciosos a los que van asociados.
    “Este sistema de ataque hace que sea prácticamente imposible detectar el rootkit y los códigos maliciosos a los que oculta una vez que se han instalado en el equipo, utilizando soluciones de seguridad tradicionales”, afirma Luis Corrons, Director Técnico de PandaLabs, que añade: “las única defensa sería detectar la presencia de estos rootkits antes de que entren en el ordenador. Además, y en previsión de códigos maliciosos desconocidos similares que puedan aparecer, es necesario utilizar tecnologías proactivas capaces de detectar amenazas sin necesidad de conocerlas con anterioridad”.
    El propósito de los rootkits en el campo de la ciber-delincuencia es ocultar la acción de los ejemplares de malware, dificultando así su detección. Hasta ahora, los rootkits se instalaban dentro de algún proceso del sistema, pero los nuevos ejemplares que PandaLabs ha localizado se instalan en una parte del disco duro que se activa antes que el propio sistema operativo.
    Cuando uno de estos nuevos rootkits es ejecutado en un sistema, realiza una copia del MBR existente, al tiempo que modifica el original con instrucciones maliciosas. Con ello consigue que si se intenta acceder al MBR, en lugar de al falso, el rootkit el redirigirá al verdadero, evitando que el usuario o las aplicaciones vean algo sospechoso.
    Debido a estas modificaciones, cuando el usuario encienda el ordenador, se cargará el MBR modificado, antes de cargar el sistema operativo. En ese momento, el rootkit ejecutará el resto de su código con lo que conseguirá quedar totalmente oculto tanto él como los códigos maliciosos asociados al mismo.
    Hasta ahora, los rootkits enmascaraban extensiones o procesos, pero estos nuevos ejemplares pueden engañar directamente al sistema. Su emplazamiento provoca que el usuario no observe ninguna anomalía en ningún proceso del sistema, puesto que el rootkit cargado en memoria estará vigilando todos los accesos al disco, para hacer invisible al sistema cualquier tipo de malware al que vaya sido asociado.
    Los usuarios deben extremar las precauciones ante este nuevo tipo de amenaza. Por ello, es conveniente que no ejecuten ningún archivo de procedencia desconocida que les llegue por correo electrónico, mensajería instantánea u otros medios.
    Para eliminar el código malicioso, el usuario que ya haya sido infectado deberá arrancar el ordenador con un CD de arranque para así no ejecutar el MBR. A continuación, deberá restaurar éste con utilidades como fixmbr de la consola de recuperación de Windows, cuando la infección se produce con este sistema operativo instalado.
    “Estos rootkits podrían utilizarse para afectar a otras plataformas como Linux, ya que se ejecutan antes que el MBR, por lo que su acción es independiente del sistema operativo que tenga instalado el usuario”, concluye Luis Corrons.

    jueves, 10 de enero de 2008

    Blu-ray ganará la batalla de los DVD's de Alta Definición

    Parece que la guerra por el mercado del DVD de alta definición está más cerca de su fin que nunca después de que los estudios de Warner Bros hayan decidido apostar exclusivamente por el formato de Sony, el Blu-ray.

    Por si esto fuera poco, el HD DVD de Toshiba, apoyado por Microsoft, podría verse doblemente afectado por otra notable pérdida, la de Paramount. Y es que según informa Financial Times, el contrato de Paramount con Toshiba cuenta con un claúsula por la cual si Warner se decidiera por el formato de Sony, Paramount podría romper ese contrato y pasarse al Blu-ray. Los rumores también sitúan a Dreamworks en la misma situación de Paramount.

    Si finalmente se confirmarse la marcha de Paramount, el formato HD DVD se quedaría solo con Universal Studios, mientras que el Blu-ray cuenta con el apoyo de los principales estudios.

    Otra de las bazas con las que juega Sony es que su consola PlayStation 3 reproduce Blue-ray. Las ventas de este producto son significativamente superiores a las de su competidora Xbox 360, reproductora a su vez de HD DVD. Los últimos datos señalan que de cada tres títulos vendidos en formato Blu-ray, se ha vendido tan sólo uno en HD DVD.

    En estos momentos, los expertos recuerdan lo que sucedió a principios de los años ochenta entre los formatos de vídeos VHS, Beta y 2000. En aquella ocasión, Sony –promotora de Beta- no ganó la batalla, en la que finalmente se impuso el formato promovido por JVC, VHS.

    www.baquia.com

    Nuevo portal meteorológico

    Hace unos pocos días hecho a andar un nuevo portal dedicado a la meteorología. Es éste un nuevo servicio completo en la que te ofrece información detallada del tiempo y de la previsión de los próximod días a nivel estatal, autonómico, provincial y local en España.
    Cuenta con más secciones, aparte de la de ofrecer información acerca del tiempo como pueden ser la de oferta de entretenimiento con juegos populares. También ofrece la posibilidad de promocionar tu web.
    En grandes líneas os invito a que visitéis www.eltiempo.es que está muy bien y no os deccionará esta página.

    miércoles, 9 de enero de 2008

    Wikia

    Este pasado lunes 7 de enero de 2008 se lanzó la versión beta del buscador Wikia promovido por los creadores de la popular encliclopedia por internet Wikipedia.
    Las características que hacían de la Wikipedia una enciclopedia singular haciendo partícipe al usuario dándole la posibilidad de generar contenido en lugar de ser un mero consumidor de información. De esta forma se lanzan los fundadores de la popular enciclopedia a lanzar un buscador, que todavía está en fase de desarrollo, pero que en los próximos meses podrá competir con los grandes buscadores como Yahoo, Google, Windows Live y demás portales y servicios de búsqueda.
    La filosofía de Wikia es la misma que en la que se utliza en Wikipedia, es decir, el usuario es parte activa del buscador, puede generar contenido.

    domingo, 6 de enero de 2008

    PREMIOS DEL SORTEO EXTRAORDINARIO DEL NIÑO, 6 DE ENERO DE 2008

    1 de 2.000.000 Euros (una extracción de 5 cifras). 2.000.000
    1 de 1.000.000 Euros (una extracción de 5 cifras). 1.000.000
    12 de 14.000 Euros (doce extracciones de 5 cifras). 168.000
    1.400 de 1.000 Euros (catorce extracciones de 3 cifras). 1.400.000
    5.000 de 400 Euros (cinco extracciones de 2 cifras). 2.000.000
    2 aproximaciones de 12.600 Euros cada una, para los números anterior y posterior al del que obtenga el premio primero. 25.200
    2 aproximaciones de 6.000 Euros cada una, para los números anterior y posterior al del que obtenga el premio segundo. 12.000
    99 premios de 1.000 Euros cada uno, para los 99 números restantes de la centena del premio primero. 99.000
    99 premios de 1.000 Euros cada uno, para los 99 números restantes de la centena del premio segundo. 99.000
    99 premios de 1.000 Euros cada uno, para los billetes cuyas tres últimas cifras sean iguales y estén igualmente dispuestas que las del que obtenga el premio primero. 99.000
    99 premios de 1.000 Euros cada uno, para los billetes cuyas tres últimas cifras sean iguales y estén igualmente dispuestas que las del que obtenga el premio segundo. 99.000
    999 premios de 1.000 Euros cada uno, para los billetes cuyas dos últimas cifras sean iguales y estén igualmente dispuestas que las del que obtenga el premio primero 999.000
    9.999 reintegros de 200 Euros cada uno, para los billetes cuya última cifra sea igual a la del que obtenga el premio primero. 1.999.800
    10.000 reintegros de 200 Euros cada uno, para los billetes cuya última cifra sea igual a la que se obtenga en la primera extracción especial de una cifra. 2.000.000
    10.000 reintegros de 200 Euros cada uno, para los billetes cuya última cifra sea igual a la que se obtenga en la segunda extracción especial de una cifra. 2.000.000

    PARA VER LOS NÚMEROS PREMIADOS IR AL SIGUIENTE ENLACE:

    http://www.box.net/shared/r2ndbp0kk4

    sábado, 5 de enero de 2008

    Vaughan pone televisión educativa para aprender inglés

    Vaughan. líder en enseñanza de inglés, que cuenta con una radio llamada "Radio Vaughan" dispondrá ahora de una cadena de televisión llamada Aprende inglés TV y que se podrá sintonizar a través de la televisión digital terrestre en Madrid, Valencia, Castellón, Elche, Benidorm, Baleares y a través de Imagenio para el resto del territorio nacional debido a que solo se emite a través de las concesiones locales otorgadas a Unidad Editorial (propietaria de diarios El Mundo, Marca, Expansión, etc.). Las emisiones comenzarán el lunes, 7 de enero de 2008, pero desde ahora y hasta la fecha es posible que no aparezca de entre los 22 canales digitales que hay ahora disponbles que funciones las 24 horas del día los 365 días del año.
    Aquí he tomado la imagen del anuncio que salió ayer por la noche en VEO TV.

    Por fin vienen Sus Majestades los Reyes Magos de Oriente

    Esta noche es una noche mágica porque vienen Melchol, Gaspar y Baltasar a traer regalos a los que nos hemos portado bien y carbón para los que nos hemos portado muy mal en los últimos 365 días días del año.
    El año pasado TVE no retrasmitió la cabalgata de Reyes porque justificaron de que herían las sensibilidades de una cultura y religión machistas que son la islam y musulmana que cohiben a las mujeres y les obligan a taparse la cara para evitar que los hombres caigan en la tentación y se enamoren de la mujer de la que no deben enamorarse. Pues saben que yo soy cristiano y a mi eso no me gusta y a los lectores de Diario de Javi no les agrada nada en absoluto.
    Este año la van a televisar dado que es un medio público que pagamos todos los que estamos en España ya sea legal o ilegalmente y es de interés social la emisión en directo de la llegada de Sus Majestades los Reyes Magos de Oriente.

    viernes, 4 de enero de 2008

    Murió niño enfermo de cáncer de Fabero

    El niño de Faero que parecía cáncer ha muerto a causa de la enfermedad en el Hospital universitario de Navarra. La noticia ha consternado al pueblo, la comarca del Bierzo y a la provincia de León dado que fue muy querido hasta tal punto que hace unos pocos días se ha donado la recaudación de un partido que disputó la Sociedad Deportiva Ponferradina.

    miércoles, 2 de enero de 2008

    2008

    Ya empezó el 2008 y como cada vez que empieza un año y, por consiguiente, acaba otro. Como es ya costumbre en los medios de comunicación hacen anuarios y repasan lo que ha acontencido, en grandes líneas, en los últimos doce meses, y ya de paso, avanzar que puede pasar en el año venidero.

    El año 2007 nos trajo muchos acontecimientos: buenos y malos como cualquier año. Yo no voy a comentar nada más porque me parece algo un poco superfluo ya que podéis ir al historial e ir a cada mes que os interese y si queréis ampliar y buscar información que aquí no aparezca (eso se lo dejo a las editoriales y empresas audiovisuales).

    Para 2008 se prevén dos acontecimientos deportivos bien sabidos por todos como son las olimpiadas de Pekín y la Eurocopa de fútbol que se celebrará en Austria y Suiza. También será destacable las elecciones generales en España.

    Campanadas fin de año 2007