Ante la huelga general del próximo jueves 29 de marzo, el Ministerio de Fomento, de acuerdo con los sindicatos CC.OO. y UGT, ha establecido este dispositivo de servicios esenciales:
Cercanías
En el caso de los trenes de Cercanías el servicio se prestará en los 12 núcleos (Asturias, Bilbao, Cantabria, Cataluña, Cádiz, Sevilla, San Sebastián, Málaga, Madrid, Murcia, Valencia y Zaragoza ) con una frecuencia del 35% en hora punta (entre las 6 y las 9 horas) y de un 30% durante el resto del día. El día 28 pueden verse ya afectados el horario de algunos trenes.
Todos los viajeros podrán consultar los horarios de los trenes de Cercanías en la página web seleccionando los servicios de su ciudad.
Los trenes de AVE-Larga distancia
Solo circularán los trenes AVE en las conexiones de Madrid con Barcelona, Málaga, Sevilla y Valencia y en las conexiones directas de Barcelona con Sevilla y Málaga. La oferta de transporte en estas conexiones será de un 20%.
Podéis consultar estos horarios en el apartado Horarios y Compra de la web. Si vuestro tren está afectado aparecerá un aviso.
Los trenes nocturnos que salen con fecha 29 de marzo y llegan a destino con fecha 30 de marzo, retrasan su hora de salida a las 00:00 horas del día 30.
En el caso de los trenes que gestiona Elipsos podéis consultar cuáles son los trenes que no circulan y las medidas postventa que se han establecido en un documento que hemos dejado en nuestra sección de avisos.
Rodalies
Podéis consultar los servicios mínimos de Rodalies y Media Distancia Convencional en Cataluña en la sección de prensa de la Generalitat de Catalunya.
Media Distancia y Trenes Internacionales
En el caso de los trenes de Media Distancia y en los trenes Internacionales no se han establecido servicios mínimos. Las partes que han negociado los acuerdos, Administraciones y Sindicatos, garantizan los servicios esenciales en el ámbito del transporte público en general, pero no de los de tren en particular. No se establecen servicios esenciales para los trayectos interurbanos inferiores a 500 km o cuya duración estimada del viaje, por medios alternativos, sea inferior a 4 horas.
Cambios, anulaciones y devoluciones
En general, las operaciones de cambio o anulación en los distintos canales de venta conllevan unos gastos que automáticamente el sistema repercute, por lo que las devoluciones íntegras e inmediatas únicamente se podrán realizar en los puntos de venta de las estaciones.
1) Devolución del importe íntegro del billete
Todos los viajeros con billete para un tren el día 29 podrán solicitar la devolución del importe íntegro. Se puede solicitar en taquillas. Se efectuará la devolución íntegra, sin el cobro de ningún coste adicional como los gastos de gestión.
2) Cambio de billete para viajar el 29
Los viajeros con billete para un tren el 29 podrán solicitar en taquillas una plaza para el mismo día en otro tren, anterior o posterior a ese, en las mismas condiciones, siempre que sea posible. Para los que teníais un billete de AVE-Larga Distancia se tendrá en cuenta lo siguiente:
- Si la plaza que se os facilita es de una categoría inferior a la adquirida se os devolverá la diferencia.
- Si el viaje ofrecido es en una plaza de categoría superior a la que habéis adquirido no tendréis que abonar la diferencia excepto si es en plazas acostadas de coche cama.
Los viajeros con billete para un tren del 29 podrán solicitar en taquillas una plaza en otro tren para otra fecha, de iguales características del previamente adquirido, sujeto dicho cambio a disponibilidad de plaza y al periodo de venta de los billetes (60 días de venta anticipada). Para los que tengáis un billete de AVE-Larga Distancia se tendrá en cuenta lo siguente:
- Si la plaza que se os facilita es de una categoría inferior a la adquirida se os devolverá la diferencia.
- Si el viaje ofrecido es en una plaza de categoría superior a la que habéis adquirido no tendréis que abonar la diferencia excepto si es en plazas acostadas de coche cama.
Para los viajeros con billete para un tren el 29 de marzo y que hayan adquirido una oferta Web, Estrella o Mesa, podrán solicitar:
- Anulación en taquillas sin costes del billete y compra por parte del cliente del billete de la tarifa que haya disponible más favorable para sus intereses.
- Una vez finalizado el viaje, devolución de la diferencia de precio entre el nuevo billete y el importe del anulado. Para ello, el cliente deberá aportar al personal del Centro de Servicios el nuevo billete utilizado y el justificante de anulación del billete no utilizado por huelga.
- Si la devolución no pudiera realizarse , se invitará al cliente a formalizar por escrito un modelo de “Hoja de Reclamaciones” para que pueda ser tramitada a través del Centro de Atención Posventa.
- Bonos de 10 viajes: (Bono 10, Bono Exprés, Tarjeta 10 Sencilla y Libre)
Se autoriza un viaje más a todos los bonos de diez viajes, que tengan formalizado un viaje para el día 29 de marzo. En el caso de que sea el último viaje se ampliará el periodo de validez.
- Tarjeta 6
Se autoriza la devolución parcial a los clientes que tengan formalizado un viaje para el día 29 de marzo. Para proceder a la devolución parcial, el cliente deberá tener agotados los 6 viajes y se deberá presentar el billete donde figura la reserva de plaza del tren y fecha de viaje. En el caso de que sea el último viaje se ampliará el periodo de validez. La devolución podrá realizarse directamente en estaciones o a través de una reclamación escrita. En cualquier caso se retirará la Tarjeta y el billete.
El cálculo del importe de la devolución parcial resultará de la aplicación de la siguiente regla: 1/6 del importe de adquisición por el viajero.
- Abonos y Tarjetas Mensuales para trenes Convencionales
Se autoriza la devolución parcial del día 29 de marzo. Para proceder a la devolución parcial deberá haber finalizado el mes natural para el que es válido el Abono o Tarjeta. La devolución podrá realizarse directamente en estaciones o a través de una reclamación escrita. En cualquier caso se retirará el Abono/Tarjeta.
Si el viajero manifestara que no puede entregar el Abono por necesitarlo para otros asuntos, entonces deberá proceder a la reclamación por escrito.
El cálculo del importe de la devolución parcial resultará de la aplicación de la siguiente regla: 1/30 del importe de adquisición por el viajero.
- Abono Tarjeta Plus
Se autoriza la devolución parcial del día 29 de marzo. Para proceder a la devolución parcial deberá realizarse una reclamación por escrito, en la que se adjunte el billete (formalización del día 29 de marzo) o indique los datos del billete (formalización para el día 29) con los datos de la tarjeta Plus. Las reclamaciones se encaminarán a los centros de posventa de la Dirección de Viajeros Urbanos e Interurbanos.
- Abono 10
Se autoriza la devolución parcial a los clientes que tengan formalizado un viaje para el día 29 de marzo. Para proceder a la devolución parcial, el cliente deberá tener agotados los 10 viajes y se deberá presentar el billete donde figura la reserva de plaza del tren y fecha de viaje. La devolución podrá realizarse directamente en estaciones o a través de una reclamación escrita. En cualquier caso se retirará el Abono y el billete.
El cálculo del importe de la devolución parcial resultará de la aplicación de la siguiente regla: 1/10 del importe de adquisición por el viajero.
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